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Golpea con los dedos
La Comisión Europea ha solicitado formalmente a España que modifique sus normas fiscales relativas a las plusvalías de no residentes.
Esta petición se basa en el hecho de que las normas actuales son contrarias a la libre circulación de capitales consagrada en el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Situación actual
En la actualidad, los contribuyentes residentes en España pueden optar por pagar el impuesto sobre las ganancias patrimoniales, obtenidas por la venta de activos, inmediatamente después de la realización de la ganancia, o diferir el pago y pagarlo fraccionado en más de un año. Sin embargo, los no residentes no tienen esta opción. Deben pagar el impuesto sobre sus ganancias patrimoniales inmediatamente en el momento de la transmisión de los activos, sin posibilidad de aplazamiento.
Procedimiento de infracción
El 2 de diciembre de 2021, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción contra España mediante el envío de una notificación formal. Dado que España no ha adaptado su legislación a los requisitos de la UE, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España. Se trata de una petición formal a España para que modifique su legislación en un plazo de dos meses. Si España no cumple, la Comisión puede llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Consecuencias para los no residentes
Los no residentes se encuentran actualmente en una posición más desventajosa en comparación con los residentes españoles cuando venden activos en España y desean recibir el pago a plazos. Las normas actuales pueden considerarse discriminatorias, ya que perjudican a los no residentes en comparación con los residentes en España.
Pasos siguientes
España dispone ahora de dos meses para reaccionar y tomar las medidas necesarias para adecuar su legislación a la legislación de la UE. Si España no lo hace, el caso puede ser llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que podría tener consecuencias legales y posiblemente financieras para España.
Para más información, consulte la comunicación oficial de la Comisión Europea.
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